El protocolo de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SECO)
establece que si las condiciones de salud de la mujer gestante y el bebé lo permiten es posible esperar a que el parto se produzca de forma natural hasta la semana 42.
A partir de ese momento y para evitar una insuficiencia placentaria, es decir, una situación de compromiso en el aporte de oxígeno de nutrientes, o una disminución excesiva en la producción de líquido amniótico que podrían perjudicar al bebé, si el parto no se desencadena espontáneamente se recomienda inducirlo mediante diferentes maniobras, como por ejemplo la rotura de la bolsa de guas, o mediante la aplicación de prostaglandinas vaginales y/o oxitocina sintética a la embarazada.
En qué casos se recomienda la inducción del parto:
La inducción del parto está indicada cuando el ginecólogo valora que el bebé va a estar mejor fuera del vientre de su madre que dentro:
- cuando se detectan problemas en la respiración y nutrición del bebé a través de la monitorización fetal,
- una disminución excesiva del líquido amniótico, que el color de las aguas no sea claro
- o cuando, por ejemplo, la embarazada tiene síntomas de preeclamsia, con aumento súbito y exceso de peso por la acumulación de líquidos, presión arterial alta y albúmina en la orina.
- También se recomiendan en caso de diabetes mal controlada o de enfermedad inflamatoria pélvica, entre otros problemas de salud.